Perito, accidentes laborales, accidentes de trabajo, accidentes
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TSJCYL ratifica sanción a constructora de Castrovido por incumplir prevención
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJCYL) ha ratificado el fallo del juzgado de lo Social número 1 de Burgos que sancionó a la empresa FCC, adjudicataria de las obras de la presa de Castrovido (Burgos) por incumplimiento de la Ley de prevención en un accidente mortal.
La sentencia, facilitada a Efe por el gabinete de comunicación del TSJCYL, ratifica un recargo del 40 por ciento en las prestaciones que corresponde a las víctimas del accidente, ocurrido el 5 de octubre de 2011, en el que murieron cuatro trabajadores y resultaron heridos graves otros dos.
Fue la propia empresa la que recurrió ante el TSJCYL el recargo en las prestaciones por entender que se trató de un accidente fortuito en el que no hubo ninguna responsabilidad por su parte.
Sin embargo, en la sentencia se considera que la caída de la cuba de hormigón estuvo provocada por deficiente mantenimiento del blondín que transportaba la carga, tanto en lo que se refiere a la soldadura como a su posible oxidación.
Se señala también que la Ley de prevención de riesgos laborales prohíbe expresamente que haya trabajadores situados bajo el trayecto de las cubas de hormigón y, en este caso, nadie avisó a los trabajadores de este riesgo y exigió su salida del lugar antes de continuar el desplazamiento de la cuba.
Además del procedimiento por la vía de lo Social, el juzgado de Instrucción de Salas de los Infantes (Burgos) sigue investigando y reuniendo pruebas para determinar la posible existencia de responsabilidades penales en el accidente.
Accidentes Intinere
Un tercio de las víctimas de tráfico del
pasado año en Cataluña lo fueron en siniestros ocurridos en un entorno
laboral, en trayectos "in itinere" o por motivo de trabajo, ante lo que
la Generalitat ha constituido un grupo de trabajo para promover planes
de seguridad viaria laboral para las empresas.
El conseller de Interior, Ramon Espadaler, ha presidido hoy la constitución de este grupo de trabajo, que estará integrado por representantes del Servicio Catalán de Tráfico, las consellerías de Territorio y Sostenibilidad y de Empresa y Ocupación, los sindicatos CCOO y UGT, las patronales Fomento y Pimec, expertos y mutuas de accidentes de tráfico.
En declaraciones a los periodistas, Espadaler ha destacado que casi la mitad de los muertos el pasado año en Cataluña en accidente laboral lo fueron debido a un siniestro viario y que el 33% de las víctimas por accidente de tráfico lo fueron en trayectos "in itinere" y en misión, circulando por motivos de trabajo.
En concreto, según datos de Tráfico, en 2013 hubo 10.772 personas que sufrieron un accidente de tráfico en desplazamientos motivados por trabajo en Cataluña, lo que supone el 33,25% del total de las víctimas en la carretera y el 12,4% del total de víctimas de accidentes laborales.
Del total de víctimas por accidente de tráfico en desplazamientos laborales, un 76% (8.188) sufrieron el siniestro en trayectos de ida y regreso al trabajo -los conocidos como "in itinere"-, mientras que el 24% restante (2.584) lo fueron en desplazamientos motivados por el propio trabajo -conocidos como en jornada o "in missio"-, según los datos de Tráfico.
El grupo de trabajo constituido hoy tiene como objetivo plantear medidas para lograr que, como prevé el Plan Estratégico de Tráfico 2014-2020, al final de esta década se haya reducido un 20% el número de muertos y heridos graves "in itinere".
Una de las propuestas que tendrá que desarrollar este grupo de trabajo es que los responsables de salud y seguridad laboral de las empresas reciban formación viaria a través del Consorcio de Formación Continúa, para que la trasladen a sus compañeros.
En concreto, Tráfico planea que el Consorcio de Formación Continúa de Cataluña amplíe su línea formativa para incorporar la seguridad vial como material troncal, junto a los idiomas, la informática y los riesgos laborales.
De hecho, el director del Servicio Catalán de Tráfico (SCT), Joan Josep Isern, ha indicado a los periodistas que el grupo de trabajo impulsará medidas para la formación de los expertos en riesgos laborales y para que las empresas incorporen la formación viaria en sus planes de seguridad laboral.
Espadaler ha advertido que no espera que los resultados de este grupo de trabajo de seguridad vial laboral sean "inmediatos", ya que lo que pretende es que sean "sólidos", como ha ocurrido con la formación viaria que se lleva a cabo desde hace años en las escuelas catalanas.
Según datos de la Asociación Profesional de Empresas Formadoras en Seguridad Vial (Formaster), a lo largo de 2012 hubo en Cataluña un total de 10.553 bajas laborales por accidentes de tráfico -el 77% del total-, lo que supuso un coste laboral de 32 millones de euros.
En este sentido, el conseller Espadaler ha remarcado que, más allá del drama humano que comporta la muerte de una persona en un accidente de tráfico, la siniestralidad viaria también supone, desde la perspectiva económica, un impacto negativo equivalente al 1,5% del PIB.
La responsable de riesgos laborales de la patronal de pequeñas y medianas empresas de Cataluña (Pimec), Marisa González, ha valorado ante los periodistas de forma muy positiva la constitución de este grupo de trabajo y ha subrayado la importancia de que se incorpore la seguridad vial en los planes de prevención de riesgos laborales de las empresas.
Fuente: Lavanguardia.com
El conseller de Interior, Ramon Espadaler, ha presidido hoy la constitución de este grupo de trabajo, que estará integrado por representantes del Servicio Catalán de Tráfico, las consellerías de Territorio y Sostenibilidad y de Empresa y Ocupación, los sindicatos CCOO y UGT, las patronales Fomento y Pimec, expertos y mutuas de accidentes de tráfico.
En declaraciones a los periodistas, Espadaler ha destacado que casi la mitad de los muertos el pasado año en Cataluña en accidente laboral lo fueron debido a un siniestro viario y que el 33% de las víctimas por accidente de tráfico lo fueron en trayectos "in itinere" y en misión, circulando por motivos de trabajo.
En concreto, según datos de Tráfico, en 2013 hubo 10.772 personas que sufrieron un accidente de tráfico en desplazamientos motivados por trabajo en Cataluña, lo que supone el 33,25% del total de las víctimas en la carretera y el 12,4% del total de víctimas de accidentes laborales.
Del total de víctimas por accidente de tráfico en desplazamientos laborales, un 76% (8.188) sufrieron el siniestro en trayectos de ida y regreso al trabajo -los conocidos como "in itinere"-, mientras que el 24% restante (2.584) lo fueron en desplazamientos motivados por el propio trabajo -conocidos como en jornada o "in missio"-, según los datos de Tráfico.
El grupo de trabajo constituido hoy tiene como objetivo plantear medidas para lograr que, como prevé el Plan Estratégico de Tráfico 2014-2020, al final de esta década se haya reducido un 20% el número de muertos y heridos graves "in itinere".
Una de las propuestas que tendrá que desarrollar este grupo de trabajo es que los responsables de salud y seguridad laboral de las empresas reciban formación viaria a través del Consorcio de Formación Continúa, para que la trasladen a sus compañeros.
En concreto, Tráfico planea que el Consorcio de Formación Continúa de Cataluña amplíe su línea formativa para incorporar la seguridad vial como material troncal, junto a los idiomas, la informática y los riesgos laborales.
De hecho, el director del Servicio Catalán de Tráfico (SCT), Joan Josep Isern, ha indicado a los periodistas que el grupo de trabajo impulsará medidas para la formación de los expertos en riesgos laborales y para que las empresas incorporen la formación viaria en sus planes de seguridad laboral.
Espadaler ha advertido que no espera que los resultados de este grupo de trabajo de seguridad vial laboral sean "inmediatos", ya que lo que pretende es que sean "sólidos", como ha ocurrido con la formación viaria que se lleva a cabo desde hace años en las escuelas catalanas.
Según datos de la Asociación Profesional de Empresas Formadoras en Seguridad Vial (Formaster), a lo largo de 2012 hubo en Cataluña un total de 10.553 bajas laborales por accidentes de tráfico -el 77% del total-, lo que supuso un coste laboral de 32 millones de euros.
En este sentido, el conseller Espadaler ha remarcado que, más allá del drama humano que comporta la muerte de una persona en un accidente de tráfico, la siniestralidad viaria también supone, desde la perspectiva económica, un impacto negativo equivalente al 1,5% del PIB.
La responsable de riesgos laborales de la patronal de pequeñas y medianas empresas de Cataluña (Pimec), Marisa González, ha valorado ante los periodistas de forma muy positiva la constitución de este grupo de trabajo y ha subrayado la importancia de que se incorpore la seguridad vial en los planes de prevención de riesgos laborales de las empresas.
Fuente: Lavanguardia.com
540 muertes por accidentes de trabajo en el año 2013
540 trabajadores muertos por accidente laboral en 2013
Un total de 540 trabajadores fallecieron en accidente laboral el año pasado según datos del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
De estos fallecimientos, un total de 432 se produjeron durante la jornada de trabajo, veinte menos que en 2012, lo que implica un descenso del 4,4%. Los 108 accidentes mortales restantes registrados el año pasado fueron "in itínere" (los que se producen en el trayecto de casa al trabajo y viceversa), con un descenso del 3,6% sobre 2012.
Por sectores, en los servicios fallecieron 230 trabajadores (+8%), en la industria se produjeron 88 accidentes mortales (-13,7%); en la construcción murieron 65 trabajadores (-15,6%), y en la agricultura perdieron la vida 49 trabajadores (-18,3%).
Infartos, derrames cerebrales y otras patologías no traumáticas causaron la muerte de 202 trabajadores en 2013, un 15,4% más que en 2012, mientras que los accidentes de tráfico fueron responsables de 81 fallecimientos, con un aumento del 1,3% respecto a 2012.
Por aplastamientos, amputaciones o quedarse atrapados fallecieron 42 trabajadores (+25%), por choques o golpes contra objetos inmóviles murieron 38 trabajadores (-33,3%), y por colisiones contra objetos en movimiento perdieron la vida 32 trabajadores, uno menos que en 2012.
En 2013 se registraron 459.535 accidentes laborales con baja, lo que supone un descenso del 2,5% respecto al número de siniestros registrado en 2012, cuando se produjeron 471.223 accidentes.
SERVICIOS, EL SECTOR CON MÁS ACCIDENTES
Del conjunto de siniestros, 397.051 accidentes se registraron en el lugar de trabajo y 61.484 fueron siniestros "in itínere". Los primeros descendieron un 2,8% respecto a 2012, mientras que los segundos bajaron un 0,3%.
Los accidentes leves con baja en el puesto de trabajo sumaron 393.327 el año pasado, un 2,7% menos, y los graves alcanzaron los 3.292, un 11,9% menos. En el caso de los siniestros "in itínere", se registraron 61.506 accidentes de carácter leve (-0,1%) y 870 de gravedad (-15%).
Por sectores, servicios registró el mayor número de accidentes con baja en jornada de trabajo, al aglutinar 245.412 siniestros (+0,9%), seguido de la industria, con 83.594 accidentes (-5,7%); la construcción, con 40.015 accidentes (-22%), y el sector agrario, que registró 28.030 siniestros (+10,5%).
Fuente: nuevatribuna.
Fuente: nuevatribuna.
Sanción a una comunidad de vecinos.

La Delegación de Trabajo de Bizkaia ha sancionado con 2.046 euros a la comunidad de propietarios de la C/Zumaia nº11 de Bilbao, situada en el barrio de Zurbaranbarri, donde cayó un andamio, ha informado el sindicato CCOO.
El 25 de febrero del pasado año, un andamio en el que se encontraban varios trabajadores haciendo obras en la fachada de esta comunidad de propietarios se desplomó, resultando heridos de gravedad dos trabajadores, uno de los cuales no estaba dado de alta en la Seguridad Social.
El acta de infracción de la Inspección de Trabajo considera probado que hay un incumplimiento del decreto que obliga al promotor de la obra, la comunidad de vecinos en este caso, a nombrar un coordinador de seguridad y salud en las obras en las que intervenga más de una empresa.
Esta condición que se cumple en el presente caso, debido a que existían dos empresas: una para la instalación del andamio y otra para la ejecución de los trabajos en la fachada.
Ha quedado constatado que la comunidad de vecinos designó un coordinador de seguridad y salud para la obra de rehabilitación de la fachada el 16 de abril de 2013, es decir, seis meses después del inicio de los trabajaos y casi dos meses después del accidente de trabajo.
Por ello, Trabajo ha considerado que existe una infracción administrativa grave en materia de prevención de riesgos laborales.
El responsable de salud laboral de CCOO de Euskadi, Alfonso Ríos, ha considerado que multitud de comunidades de vecinos tienen que considerar que antes de iniciar una obra, por simple que ésta parezca, hay trámites que cumplir, y que se si no se llevan a cabo, pueden acarrear sanciones no solo para las empresas incumplidoras.
CCOO de Euskadi ha hecho un llamamiento a que los administradores de fincas y los representantes legales de las comunidades de vecinos asesoren a éstas debidamente sobre la designación del coordinador de seguridad y salud de la obra, no sólo para evitar sanciones, sino también para lo más importante, según el sindicato, evitar que haya accidentes de trabajo y que las condiciones de trabajo no dañen la salud de los trabajadores.
Leer más: Finanzas.com
www.system-asefin.com
Equipo de protección Individual (EPI)
Definición de EPI.
Se entiende por equipo de protección individual cualquier equipo destinado a ser llevado o sujetado por el trabajador para que le proteja de unos o varios riesgos que puedan amenazar su seguridad o salud.
Las obligaciones son del empresario a evaluar los puestos de trabajo donde existe un riesgo para el trabajador, poner los medios de protección colectiva y en caso de no ser suficiente aplicar los epis.
El empresario debe informar, formar y evaluar al trabajador para saber si este lo ha entendido.
El trabajador a su vez debe saber utilizar y cuidar los epis.
Debe existir la figura de un mando intermedio o empresario para asegurar de que los trabajadores utilizan las protecciones y en caso de que no lo utilize advertirlo de la no utilización será sancionado.
EPI.
Gajas, casco, arnés, botas de seguridad, etc.
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Perito Judicial investigación de accidentes laborales
El perito judicial o perito forense es un profesional dotado de conocimientos especializados y reconocidos, a través de sus estudios superiores, que suministra información u opinión fundada a los tribunales de justicia sobre los puntos litigiosos que son materia de su dictamen. Existen dos tipos de peritos, los nombrados judicialmente y los propuestos por una o ambas partes (y luego aceptados por el juez o el fiscal), y ambos ejercen la misma influencia en el juicio.
Los peritos judiciales son capaces de ejecutar, aplicar y utilizar todas las técnicas y recursos de una forma científica para una adecuada administración de los requerimientos de su campo laboral (recolección de pruebas, aseguramiento, preservación, manejo de la cadena de custodia necesaria para esclarecer la verdad, etc.).
Legislación en España[editar]
En España, el perito tiene que tener certificados sus conocimientos, por lo que es necesario que aporte un título oficial o conocimientos probados de la especialidad y/o especialización propia de la materia pericial.
La Condición del perito judicial según la Ley de L.E.C. tipifica en su artículo 340.1:
1. Los peritos deberán poseer el título oficial que corresponda a la materia objeto del dictamen y a la naturaleza de éste. Si se tratare de materias que no estén comprendidas en títulos profesionales oficiales, habrán de ser nombrados entre personas entendidas en aquellas materias.
Y en la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo 457 contempla que los Peritos Judiciales pueden ser o no titulares.
"Son peritos los que tienen título oficial en la naturaleza del peritaje que requiere el juzgado".
"Cuando no hay peritos titulados, se puede nombrar a personas entendidas que careciendo de título oficial, tienen sin embargo, conocimientos o práctica especiales en alguna ciencia o arte, pero estas actuarán como personas entendidas no como peritos".
El perito suministra al juez el peritaje u opinión fundada de una persona especializada en determinadas ramas del conocimiento que el juez no está obligado a dominar, a efecto de suministrarle argumentos o razones para la formación de su convencimiento.
El peritaje podrá ser aportado en función de los meros conocimientos del perito, o bien a la aplicación de tales conocimientos en la evaluación de una determinada prueba.
Una de las responsabilidades menos estudiadas, al menos en forma integrada al proceso judicial, es sin duda la del perito, y es tal vez el sujeto más trascendente en la etapa de investigación y del valor probatorio del curso de un procedimiento dado.
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