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PREVENCION DE ACCIDENTES DE TRABAJO

Investigación de accidentes (INVAC)



SANCIONES:

(Texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, RDL 5/2000, de 4 de agosto de 2000). Son infracciones graves ( de 250.001 a 5.000.000 de pesetas):
• No dar cuenta en tiempo y forma a la autoridad laboral de los accidentes de trabajo ocurridos  o no llevar a cabo una investigación en caso de producirse daños a la salud de los trabajadores o de tener indicios de que las medidas preventivas son insuficientes (Sección 2. Art. 12.3).
• No registrar y archivar los datos obtenidos en las investigaciones (Sección 2. Art. 12.4).

OBLIGACIONES DEL EMPRESARIO:


(Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Ley 31/1995, de 8 de noviembre):
• Conservar una relación de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales que hayan causado al trabajador una incapacidad laboral superior a un día de trabajo (art. 23.1.e).
• Notificar por escrito a la autoridad laboral los daños para la salud de los trabajadores a su servicio que se hubieran producido con motivo del desarrollo de su trabajo (art.23.3).
• Cuando se haya producido un daño para la salud de los trabajadores el empresario llevaría cabo una investigación al respecto, a fin de detectar las causas de estos hechos (art. 16.3).
• La evaluación de los riesgos se revisará, si fuera necesario, con ocasión de los daños para la salud que se hayan producido (art.16.1). Recogida de Información Es una etapa básica y de una importancia fundamental para garantizar una correcta investigación, ya que una “toma de datos” exhaustiva y correcta nos dará respuesta a las preguntas: ¿Qué sucedió? y ¿Cómo ocurrió? En esta etapa se persigue reproducir la situación dada en el momento en que sobrevino el accidente y los aspectos que posibilitaron o potenciaron su materialización. Para ello, se deben recabar los datos sobre el tipo de accidente, lugar, entorno, condiciones del agente material, procedimiento de trabajo existente y grado de aplicación del mismo, …, así como otros datos complementarios que se juzguen de interés para su total descripción. Para obtener la citada información hay que tener presentes las siguientes recomendaciones:
• Evitar la búsqueda de responsabilidades. Una investigación técnica del accidente persigue identificar “causas”, nunca responsables.
• Aceptar solamente hechos probados. Se deben recoger hechos concretos y objetivos, nunca suposiciones ni interpretaciones.
• Evitar hacer juicios de valor durante la “toma de datos”. Los mismos serían prematuros y podrían condicionar desfavorablemente el desarrollo de la investigación.
• Realizar la investigación lo más inmediatamente posible al acontecimiento. Ello garantizará que los datos recabados se ajusten con más fidelidad a la situación existente en el momento del accidente.
• Entrevistar, siempre que sea posible, al accidentado. Es la persona que podrá facilitar la información más fiel y real sobre el accidente.
• Entrevistar asimismo a los testigos directos, mandos y cuantas personas puedan aportar datos del accidente.
• Realizar las entrevistas individualizadamente. Se deben evitar influencias entre los distintos entrevistados. En una fase avanzada de la investigación puede ser útil reunir a estas personas cuando se precise clarificar versiones no coincidentes.
• Realizar la investigación del accidente siempre “in situ”. Para un perfecto conocimiento de lo ocurrido es importante y, en muchas ocasiones imprescindible, conocer la disposición de los lugares, la organización del espacio de trabajo y el estado del entorno físico y medioambiental.
• Preocuparse de todos los aspectos que hayan podido intervenir. Analizar cuestiones relativas tanto a las condiciones materiales de trabajo (instalaciones, equipos, medios de trabajo,…), como organizativas (métodos y procedimientos de trabajo,…), del comportamiento humano (cualificación profesional, actitud,…) y del entorno físico y medioambiental (limpieza, iluminación, … ).

Detección de causas:


El objetivo principal de toda investigación de accidentes es conocer las “causas” del accidente, ya que ello nos permitirá diseñar e implantar medidas correctoras para su control. En esta etapa de la investigación se busca tener respuesta a la pregunta ¿por qué ocurrió? En la determinación de causas se deben considerar los siguientes criterios:
• Las causas deben ser siempre agentes, hechos o circunstancias realmente existentes en el acontecimiento y nunca los que se supone que debían o podían haber existido.
• Sólo pueden aceptarse como causas las que se deducen de hechos probados y nunca las que se apoyan en meras suposiciones. De lo contrario, no se puede garantizar la eficacia de las medidas preventivas que se implanten.
• Rara vez un accidente se explica por una sola causa que lo motive. Más bien al contrario, los accidentes suelen tener varias causas concatenadas entre sí. Por ello, en la investigación de todo accidente se debe profundizar en el análisis causal, siendo una herramienta recomendable para tal fin la metodología del “árbol de causas”.
• Para ayudar en la tarea de profundizar en el análisis causal, a título orientativo y con carácter no exhaustivo, se incluye en la ficha de investigación una relación de los distintos tipos de causas a considerar por la persona que realiza la investigación.
• Necesidad de identificar las “causas principales”. Aquellas que han tenido una participación decisiva en la aparición del accidente y cuya eliminación proporciona unas garantías amplias de no repetición de otro idéntico o similar.

Medidas a adoptar:


El objetivo último de toda investigación de accidentes es “diseñar e implantar medidas” para eliminar las causas que lo propiciaron o posibilitaron, a fin de evitar su repetición. Como se ha dicho, rara vez un accidente se explica por una sola causa. Igualmente, rara vez existirá una única medida a tomar para su eliminación, más bien existirá un abanico de soluciones entre las que habrá que escoger las más adecuadas. A la hora de fijar los criterios para la elección de las medidas a adoptar, es necesario tener en cuenta los principios generales de acción preventiva que establece la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en su artículo 15.

OTROS CRITERIOS A CONSIDERAR PARA LA ELECCION DE LAS MEDIDAS.


• ESTABILIDAD DE LA MEDIDA. Sus efectos no deben desaparecer ni disminuir con el paso del tiempo.
• NO DESPLAZAMIENTO DEL RIESGO. La supresión de un riesgo en un puesto de trabajo no debe crear otros riesgos en ese o en otros puestos.
• ALCANCE. Se debe buscar que la medida resuelva el mayor número de problemas presentes y, a su vez, que su implantación beneficie al mayor número de trabajadores potencialmente afectados.
• COSTE PARA EL TRABAJADOR. Se debe evitar que las medidas a tomar lleven consigo un aumento de las molestias para el trabajador ya que, de ser así, pueden resultar poco eficaces.
• COSTE PARA LA EMPRESA. Entre medidas que garanticen un nivel equivalente de eficacia preventiva, es obvio que se implantará aquella de coste menor, pero NUNCA el factor coste irá en menoscabo de la eficacia preventiva de la medida a tomar.